Mediante “Carta n.° 51-2025-ALFA LN/CD” ingresada en la mesa de partes física del Ministerio de Justicia con registro H.T. n.° 358535 de fecha 4 de julio del 2025 a las 16:06 Hrs., como Asociación Líderes en Fiscalización y Anticorrupción de Lima Norte – ALFA LN, solicitamos que se nos incorpore en calidad de “invitados” en el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, creada mediante R.M. n.° 0134-2025-JUS, que viene funcionando en dicho ministerio, al que ahorraremos tiempo llamando “Grupo NCPP”.
De acuerdo con el art. 3 de dicha norma legal, el Grupo NCPP puede arribar a un acuerdo en el cual disponga contar con la participación en calidad de invitados de “instituciones públicas o privadas vinculadas con su objeto”. Esta expresión encerrada en comillas es crucial, pues muestra dos requisitos: 1. Que la institución sea formal, es decir que tenga personería jurídica y 2. Que dentro de sus fines -contemplados en sus estatutos- se encuentra la presentación de proyectos de ley.
Aquí sacamos una enorme ventaja en la universidad, pues los distintos grupos de estudios que existen en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de San Marcos que se congregan por determinada especialidad y que se hacen llamar “talleres”, no tienen personería jurídica (ver el apartado “4.” de la Directiva n.° 01-2022-UI-FDCP-UNMSM).
ALFA LN cumplió con las condiciones impuestas en la R.M. n.° 0134-2025-JUS, acompañando la copia literal de nuestro asiento de constitución en los Registros Públicos donde figura que uno de los roles de pugna que tenemos es la presentación de proyectos de ley.
La respuesta del Grupo NCPP llegó con el “OFICIO N° 000034-2025-JUS/GTMRCPP” de fecha 10 de julio del 2025 expresándome en estos términos: “resulta conveniente que su solicitud consigne el interés de colaborar con alguna materia específica del Código Procesal Penal, a efectos de que el GTM, a través de su Secretaría Técnica, considere invitarlo para la sesión que corresponda (sic.);”, expresión que revela una aceptación tácita a la solicitud de ALFA LN, pues de lo contrario hubiesen rechazado nuestro intervención alegando que no cumplimos con los requisitos.
Luego de ese oficio, ALFA LN empezó a formular sus reformas al NCPP y a pedir información, para conocer quiénes lo conforman, ya que esta información no trascendió en otra norma posterior. Así, el secretario técnico de dicho grupo, Renzo Arnaldo SALCEDO ATIQUIPA, mediante “INFORME N° 00004-2025-JUS/GTMRCPP” de fecha 8 de setiembre del 2025 -emitido a raíz de nuestra solicitud de transparencia- la relación de integrantes del Grupo NCPP, el cual estaba integrado por un total de 21 personalidades -incluyendo al sector privado- y presidido por el entonces viceministro de Justicia, Jesús Adalberto BALDEÓN VÁSQUEZ.
Un dato interesante que reveló Salcedo en su dossier es que solo una institución particular solicitó participar como invitada: ALFA LN. A nivel de todo el país hemos sido los únicos de la sociedad civil interesados en proponer reformas al NCPP.
La iniciativa del MINJUS está bien, pero está el otro lado de la moneda: una severa precariedad en el actuar del Grupo NCPP. En principio, debieron aprobar expresamente nuestra solicitud mediante una resolución directoral de la Dirección General de Asuntos Criminológicos, a la cual el Grupo NCPP debió oficiar tras corroborar que como institución privada cumplimos con los requisitos.
De hecho, también se debió precisar en la respuesta a nuestra primera solicitud que se pueden emitir constancias de participación, a fin de que, si algún socio de ALFA LN ha estado presente en las sesiones o ha intervenido en la sustentación de las propuestas, pueda tener esa credencial que está por encima de cualquier “diplomado” que abunda actualmente en la comunidad del Derecho.
Asimismo, las sesiones no han sido transmitidas en vivo y en directo ni sus grabaciones publicadas en redes sociales. Peor aún, nunca se conoció la agenda que seguirían: pues luego de que el Grupo NCPP culmina el análisis de unos artículos, no dan chance para una revisión extemporánea y ya no se pueden formular propuestas sobre artículos ya analizados (¿?). Insisto, nunca se hizo público cuáles artículos están analizando y en cuáles fechas analizarán los otros. El estudio debe ser sistemático y no un artículo sí y otro artículo no.
(Nota: Estimado amigo lector, la sinopsis de la nota culmina aquí. Lo que sigue es la transcripción parcial del documento principal que sustenta esta publicación y que es propiamente la fuente periodística. No es indispensable su lectura, sino que se añade para facilitar la búsqueda por palabras y para fines académicos y/o periodísticos)
Documento completo de del correo electrónico “Gmail” de fecha 14 de julio del 2025 a las 17:20 Hrs., el OFICIO N° 000034-2025-JUS/GTMRCPP de fecha 10 de julio del 2025 y la Carta n.° 51-2025-ALFA LN/CD [H.T. n.° 358535 ante el MINJUS de fecha 4 de julio del 2025 a las 16:06 Hrs.]. Doce páginas
[NALL OCR] Correo “Gmail” 14 JUL. 2025; OFICIO N° 000034-2025-JUS/GTMRCPP y Carta n.° 51-2025-ALFA LN/CD. 12p by No Apaguen La Luz
Transcripción de las partes importantes:
Miraflores, 10 de julio de 2025
OFICIO N° 000034-2025-JUS/GTMRCPP
Señor
DYLAN E. LÓPEZ ENCARNACIÓN
Presidente
Asociación Líderes en Fiscalización y Anticorrupción de Lima Norte – ALFA LN
Jr. Júpiter, MZ 7, lote 75, Urb. Villa Collique, Comas, Lima.
Presente. –
Asunto: Respuesta a la carta N° 51-2025/ALFA LN/CD.
De mi mayor consideración:
Es grato dirigirme a usted para expresarle un cordial saludo y, a la vez, hacerle presente que, el Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM), creado mediante Resolución Ministerial N° 0134-2025-JUS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de abril de 2025, tiene como propósito proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, atendiendo a los desarrollos criminológicos, jurisprudenciales y doctrinales que se ha producido hasta el momento.
En ese marco, su solicitud tiene por objeto que la institución que representa – ALFA LN- se incorpore al GTM en mención, en calidad de invitado, dada la preocupación que tiene para fiscalizar e investigar el ejercicio del poder sobre la ciudadanía peruana, siendo también de su interés conocer las modificaciones al Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, conforme lo expresa en su documento remitido.
Al respecto, siendo de buen recibimiento que el GTM obtenga aportes de otras instituciones públicas y/o privadas, como es del caso de asociaciones que promueven el seguimiento al ejercicio del ius puniendi, y, a fin de que su participación se relacione con la finalidad del GTM la cual consiste en revisar el CPP y/o normas conexas en la materia, resulta conveniente que su solicitud consigne el interés de colaborar con alguna materia específica del Código Procesal Penal, a efectos de que el GTM, a través de su Secretaría Técnica, considere invitarlo para la sesión que corresponda; sin perjuicio de ello, los aportes que su institución cree conveniente realizar sobre las modificatorias a las instituciones del Código Procesal Penal, puede remitirlos por los mismos canales autorizados, los que serán informados al GTM y, de ser el caso, considerados a fin de consolidar los proyectos de ley.
Agradeciendo su gentil atención, me despido de Usted.
RENZO ARNALDO SALCEDO ATIQUIPA
Secretario Técnico Titular del Grupo de Trabajo Multisectorial de revisión del Código Procesal Penal y/o normas conexas creado mediante Resolución Ministerial N° 0134-2025-JUS
Comas, 4 de julio del 2025
Carta n.° 51-2025-ALFA LN/CD
Señor:
Dr. Juan Enrique ALCÁNTARA MEDRANO
Ministro
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUS)
Calle Scipión Llona n.° 350, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima
Presente. –
Asunto: Participación en el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia
Referencia: Resolución Ministerial n.° 0134-2025-JUS publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 17 de abril del 2025
Asociación Líderes en Fiscalización y Anticorrupción de Lima Norte – ALFA LN, suscribiendo la presente carta el presidente y el secretario, señalando como generales de ley y datos de contacto los mencionados en el pie de página, a Ud. atentamente decimos:
1.- Nuestra asociación tiene como objeto, entre otros, el fiscalizar e investigar el ejercicio del poder sobre la ciudadanía peruana, siendo de nuestro interés conocer las modificatorias que se propongan al D.L. n.° 957 – Nuevo Código Procesal Penal (en adelante el NCPP) y normas conexas en la materia.
2.- De acuerdo con el artículo quinto, literal “a)” de nuestro estatuto, en cuanto al rol fiscalizador de ALFA LN para cumplir con el objeto de la asociación, podemos ejercer mecanismos legales y democráticos que incluyen mas no se limitan a:
las solicitudes de petición, las solicitudes de acceso a la información pública, las encuestas y/o entrevistas a la ciudadanía y a autoridades públicas, la organización de audiencias públicas, la formación de mesas de diálogo y la intervención de la Asociación en audiencias públicas, cabildos abiertos, sesiones de instituciones públicas o privadas, eventos académicos y rendición de cuentas.
3.- Asimismo, conforme al artículo quinto, literal “b)” del estatuto, nuestra asociación también tiene un rol de pugna que consiste en ejercer mecanismos legales y democráticos, nacionales o supranacionales, que incluye mas no se limita a:
la demanda civil, la denuncia administrativa y/o penal, la demanda de amparo, la acción popular, la acción de inconstitucionalidad, la presentación de proyectos de ley, […]
4.- En ese sentido y en aplicación del art. 3.1 de la norma legal de la referencia que establece que “El Grupo de Trabajo, previo acuerdo de sus integrantes y a través de su Secretaría Técnica, puede contar con la participación, en calidad de invitados, de instituciones públicas o privadas vinculadas con su objeto […]”, solicitamos se incorpore a nuestra asociación ALFA LN al grupo de trabajo en calidad de invitados.
5.- Cabe resaltar que este pedido se hace sin perjuicio de que podamos formular comentarios por escrito a las propuestas de modificación que el Grupo de Trabajo Multisectorial llegue a esbozar o nuestras propias propuestas de modificación.
OTROSÍ DECIMOS: Que, los datos de contacto están en el pie de página del presente documento y autorizamos para que las respuestas se envíen al correo electrónico ALFALN2024@GMAIL.COM o en su defecto a nuestro domicilio legal.
Dios guarde a Ud.
[Firma]
Dylan E. LÓPEZ ENCARNACIÓN
Presidente
ALFA LN
[Firma]
Piero Y. QUILLILLI FERNÁNDEZ
Secretario
ALFA LN
Atentamente;
DELE/PYQF
Suscribe el presente escrito el presidente actual de ALFA LN, con vigencia de poder emitida por la SUNARP el 08/01/2025 a las 17:02:30 Hrs.[1] y se adhiere la firma del secretario de ALFA LN, en atención al artículo decimonoveno, literal “c)” del estatuto[2] y por formar parte del consejo directivo[3].
P.S.: Adjuntamos la copia literal contenida en la Publicidad Nro. 2025-4341823 de fecha 04/07/2025 a las 11:03:21 Hrs. con Código de Verificación Digital 65799446 donde consta las competencias de la asociación ALFA en el ARTÍCULO QUINTO, LITERALES “A)” y “B)”, conforme se aprecia del asiento A00002.
[1]. Enlace web para descarga del documento completo (vigencia de poder del presidente): https://bit.ly/4jiG9Ji
[2]. Enlace web para descarga del documento completo (libro de actas y estatuto): https://bit.ly/3Won66m
[3]. Enlace web para descarga del documento completo (vigencia del consejo directivo): https://bit.ly/4jiGiMQ
Documento completo del correo electrónico “Gmail” de fecha 8 de setiembre del 2025 a las 15:25 Hrs., INFORME N° 00004-2025-JUS/GTMRCPP y la Carta n.° 73-2025-ALFA LN/CD [H.T. n.° 467977 de fecha 2 de setiembre del 2025 a las 16:36 Hrs.]. Once páginas
[NALL OCR] Gmail 8 SET. 2025; 15:25 Hrs., INFORME N° 00004-2025-JUS/GTMRCPP y Carta n.° 73-2025-ALFA LN/CD…. by No Apaguen La Luz
Transcripción de las partes importantes:
“Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la recuperación y consolidación de la economía peruana”
INFORME N° 00004-2025-JUS/GTMRCPP
A: MARÍA ELISA NOAIN MORENO
Funcionaria Responsable de Acceso a la Información Pública del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
ASUNTO: Se remite información con relación al Memorando N° 1466-2025JUS/OILC-TAI.
FECHA: Miraflores, 08 de setiembre de 2025
Tengo el agrado de dirigirme a usted a fin de brindar información requerida con relación al Memorando N° 1466-2025-JUS/OILC-TAI.
I.- ANTECEDENTES
1.1.- Mediante Memorando N° 1466-2025- JUS/OILC-TAI, de fecha 03 de setiembre de 2025, la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción solicita a la Secretaría Técnica del GTM para la revisión del CPP y/o normas conexas, que proporcione la información requerida por el ciudadano Dylan Ezequiel López Encarnación, representante de la Asociación Líderes en Fiscalización y Anticorrupción de Lima Norte.
1.2.- Mediante Resolución Ministerial N° 0134-2025-JUS, publicada el 17 de abril de 2025 en el Diario Oficial El Peruano, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, con la finalidad de fortalecer y actualizar las normas contenidas en dicho Código y/o normas conexas, atendiendo a los desarrollos criminológicos, jurisprudenciales y doctrinales que se han producido (artículo 1).
II.- DESCRIPCIÓN
2.1.- El Código Procesal Penal, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 957, publicado el 29 de julio de 2004, es un cuerpo legal ordenado y sistematizado, en el que la mayoría de sus artículos regulan derechos de las partes procesales y la participación de ellos en las distintas etapas del proceso penal, que deben estar orientados a fortalecer el garantismo procesal, el sistema procesal penal acusatorio, así como las materias referidas a los derechos humanos, delincuencia organizada y otros instrumentos internacionales.
2.2.- Desde la publicación de dicho cuerpo normativo han transcurrido más de veinte (20) años, por lo que resulta necesario una revisión y análisis integral de todo el cuerpo normativo, tomando en cuenta las últimas modificatorias realizadas a los institutos procesales, respecto al desarrollo del proceso penal, así como a las funciones entre el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú (PNP) en las distintas etapas procesales. Así, en atención a la revisión integral del Código Procesal Penal vigente resulta necesaria también la revisión de normas conexas en la materia procesal penal.
2.3.- En esa línea, mediante Resolución Ministerial N° 0134-2025-JUS, publicada el 17 de abril de 2025 en el Diario Oficial El Peruano, se creó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contendidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia.
2.4.- Así, se informa que, el Grupo de Trabajo se instaló el 05 de mayo de 2025 y ha desarrollado sus sesiones virtuales sobre la base del calendario de sesiones aprobado para este fin. Se encuentra conformado por los siguientes representantes:
– El Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside.
– El Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
– Un (01) representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Justicia y Derechos humanos.
– El Director de la Dirección de Política Criminológica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
– Un (01) representante del Poder Judicial.
– Un (01) representante de la Fiscalía de la Nación.
– Un (01) representante del Ministerio del Interior.
– Un (01) representante de la Policía Nacional del Perú.
– Un (01) representante del Instituto Nacional Penitenciario.
– Un (01) representante de la Defensoría del Pueblo.
– Un (01) representante de una facultad de derecho de una de las universidades públicas más antiguas del Perú, acreditada por la Superintendencia Nacional de Educación (Sunedu).
– Un (01) representante de una facultad de derecho de una de las universidades privadas más antiguas del Perú, acreditada por la Superintendencia Nacional de Educación (Sunedu).
2.5.- Ahora bien, mediante Memorando N° 1466-2025- JUS/OILC-TAI, de fecha 03 de setiembre de 2025, la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción solicita a la Secretaría Técnica del GTM para la revisión del CPP y/o normas conexas, que proporcione la información requerida por el ciudadano Dylan Ezequiel López Encarnación, representante de la Asociación Líderes en Fiscalización y Anticorrupción de Lima Norte.
2.6.- Dicha información solicitada se circunscribe a la conformación detallada de los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial de revisión del CPP y/o normas conexas, incluyendo su DNI o RUC, la institución a la que representan y la fecha en que ingresaron al grupo; así como una relación detallada y ordenada de las personas naturales y jurídicas que vienen participando en calidad de invitados en dicho GTM, incluyendo su DNI o RUC, la institución a la representan y la fecha en que ingresaron al grupo.
2.7.- En ese sentido, considerando el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 01342025-JUS, se informa que se designaron a los integrantes para la conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme se detalla a continuación:
|
|
INSTITUCIÓN |
REPRESENTANTE |
CARGO |
FECHA DE INGRESO |
|
1 |
VICEMINISTERIO DE JUSTICIA |
Jesús Adalberto BALDEÓN VÁSQUEZ |
Titular |
Presidente |
07/07/2025 |
2 |
DESPACHO MINISTERIAL MINJUSDH |
Hugo Peñares Flores (actualmente, el Dr. ha renunciado al MINJUSDH, pero aún no comunican su reemplazo) |
Titular |
Asesor |
– |
3 |
JEFATURA DE GABINETE MINJUSDH |
Juan Manuel CAVERO SOLANO |
Titular |
Jefe de Gabinetes |
22/07/2025 |
4 |
Víctor Isamel RÍOS CANDIO |
Alterno |
Asesor de Gabinete de Asesores |
03/09/2025 |
|
5 |
DIRECCIÓN DE POLÍTICA CRIMINOLÓGICA – MINJUSDH |
Tiberio MARTÍNES RIVERA |
Titular |
Director |
05/05/2025 |
6 |
|||||
7 |
PODER JUDICIAL |
José Antonio NEYRA FLORES * |
Titular |
Juez supremo |
05/05/2025 |
8 |
Iván Salomón GUERRERO LÓPEZ |
Alterno |
Juez supremo |
05/05/2025 |
|
9 |
FISCALÍA DE LA NACIÓN |
Octavio Omar TELLO ROSALES |
Titular |
Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de Competencias de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el grupo “B” |
15/07/2025 |
10 |
Jorge ROSAS YATACO |
Alterno |
Gerente Central de la Oficina Técnica Implementación del Nuevo Código Procesal Penal |
15/07/2025 |
|
11 |
MINISTERIO DEL INTERIOR |
Blanca Nieve HUAMÁN MEZA |
Titular |
Especialista del Equipo Legal de la DGSC |
05/05/2025 |
12 |
Manuel HUANGAL CASTRO |
Alterno |
Analista III CO |
05/05/2025 |
|
13 |
POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ |
Carlos Valer Cruces |
Titular |
General PNP |
05/05/2025 |
14 |
Javier Iván Enciso Medina |
Alterno |
Comandante S PNP |
02/07/2025 |
|
15 |
INPE |
Lissette Elena MÁVILA PACHECO |
Titular |
Asesora de Gabinete |
30/07/2025 |
16 |
Fernando Ernesto GUEVARA PALOMINO |
Alterno |
Coordinador de Gabinete |
30/07/2025 |
|
17 |
DEFENSORÍA DEL PUEBLO |
Marcos IBAZETA MARINO |
Titular |
Adjunto de la Dirección de Lucha contra la Corrupción, Transparencia y Eficiencia del Estado |
05/05/2025 |
18 |
Herbert Anderson SALDAÑA SAAVEDRA |
Alterno |
Jefe de la Dirección de Litigio Estratégico |
05/05/2025 |
|
19 |
UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLAREAL |
Juan Carlos JIMÉNEZ HERRERA |
Titular |
Director de la Escuela Profesional de Derecho |
12/06/2025 |
20 |
UNIVERSIDAD SAN MARTÍN DE PORRES |
Lucas Luis LÓPEZ PÉREZ ** |
Titular |
Profesor de la Facultad de Derecho en el curso de derecho procesal penal |
02/06/2025 |
21 |
Williams Alexander ROBLES SEVILLA |
Alterno |
Profesor de la Facultad de Derecho en el curso de derecho procesal penal |
02/06/2025 |
|
2.8.- Cabe precisar que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial ha invitado a especialistas en la materia procesal penal, a efectos de desarrollar los temas problemáticos de la etapa intermedia, de este modo que sirva de insumos para consolidar las fórmulas legales. Así, para la tercera sesión se contó con la participación del Dr. Luis Fernando Iberico Castañeda, experto en derecho penal y procesal penal; para la sesión cuarta, intervino el Dr. Marcial Eloy Páucar Chappa, Fiscal Adjunto Supremo; mientras que para quinta sesión se contó con la participación del Dr. Hugo Peñares Flores, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación del Código Procesal Penal y representante del Despacho Ministerial.
2.9.- Asimismo, hasta la fecha, el GTM solo ha recibido una solicitud de una institución, de parte de Asociación ALFA-LN, para participar como invitada en el Grupo. Su solicitud se dirigió a modificar el inciso 3 del artículo VII del Título Preliminar del CPP, la que fue respondida mediante Oficio N° 000035-2025-JUS/GTMRCPP, de fecha 12 de agosto de 2025, donde se señaló que su participación será concedida cuando el GTM inicie con el desarrollo del análisis del TP del CPP.
2.10.- Actualmente, el GTM se encuentra en la octava sesión habiéndose culminado el análisis de la etapa intermedia con la versión final de las fórmulas legales; a partir de la novena sesión se iniciará el análisis de la etapa de investigación preparatoria donde también se convocará a expertos en la materia a efectos de dilucidar algunos aspectos problemáticos.
III.- CONCLUSIÓN
3.1.- En el marco del pedido del Memorando N° 1466-2025- JUS/OILC-TAI, se brinda la información correspondiente a los ítems 2.7, 2.8, 2.9 y 2.10 del presente informe, para los fines pertinentes.
Siendo todo en cuanto tengo que informar, me despido de usted.
Atentamente,
RENZO ARNALDO SALCEDO ATIQUIPA
Secretario Técnico Titular del GTM para la revisión del CPP y/o normas conexas en la materia
Nota:
[*]: José Antonio NEYRA FLORES es presidente del Centro de Estudios en Derecho Procesal Penal (CEDPP) de la Universidad San Martín de Porres (USMP)
[**] Lucas Luis LÓPEZ PÉREZ es presidente del Centro de Estudios en Derecho Penal (CEDP) de la Universidad San Martín de Porres (USMP).









