BREAKING

Hay una luz que nunca se apaga

Hombres y rejas de Juan Seoane: el Panóptico, la pena de muerte y más

En esta obra, Juan SEOANE CORRALES quien despachaba como juez letrado del Rímac (juez de primera instancia) y además era aprista al igual que su hermano, el conspicuo líder de dicho partido, Manuel “Cachorro” Seoane, nos ofrece un testimonio presidiario, sazonado con toques líricos sino emotivos, en el que nos da luces de cómo en esa época funcionaba el Derecho Penal y sus más duros verdugos, de la mano de la arquitectura penitenciaria, concretamente la Penitenciaría de Lima o Panóptico, lo cual resultaría algo impensable en estas épocas, líneas inspiradas por lo que podría concebirse como un milagro: el haberse salvado de la pena de muerte.

Juan, junto con José Arnaldo MELGAR MÁRQUEZ y Serafín Delmar (pseudónimo de Reynaldo BOLAÑOS DÍAZ), José CARLOS OLCESE, Carlos CRAFF y Bernardo GARCÍA OQUENDO fueron juzgados por el atentado contra el presidente Luis Miguel SÁNCHEZ CERRO en la iglesia de Miraflores el 6 de marzo de 1932. El juicio estuvo a cargo de una Corte Marcial -la que tradicionalmente se encarga de los crímenes dentro del ámbito militar- presidida por el coronel Guillermo ROMERO y tuvo como fallo el condenar a Juan Seoane junto con José Melgar a la pena de muerte y a Serafín del Mar a 20 años de cárcel o pena de penitenciaría como se llamaba en esa época -los otros fueron absueltos- bajo el argumento que Juan Seoane le dio un arma a José Melgar a pedido de este último.

Los tres reos se enteraron extraoficialmente de la sentencia, pues estaban encarcelados en el Panóptico: Bernardo viene, precipitado. -Dicen que la Corte Marcial aplicará la pena de muerte. Pepe y yo nos miramos. En esa época la pena de muerte estaba regulada por el Decreto Ley n.° 7060 en los extremos segundo y tercero de su parte resolutiva, que contemplaba que la Corte Marcial aplica la pena de muerte contra civiles o militares en delitos flagrantes de rebelión o sedición o motín o contra la seguridad y tranquilidad públicas, y que esta pena “se ejecutará inmediatamente después de pronunciada la sentencia […]”.

Uno de los pasajes más dramáticos fue cuando el gobierno de Benavides había dispuesto la pena de muerte bajo la modalidad de fusilamiento contra Juan Seoane y José Melgar como narra en la página 51: El prefecto le advierte fríamente: -Hay para Ud. orden de inamovilidad. Debe Ud. quedarse en su casa y esperar a que se le llame a fin de certificar la muerte de Melgar y de Seoane. Van a ser fusilados esta noche.

Pese a que había llegado un médico a la Penitenciaría para encargarse de certificar los eventuales cadáveres de los dos protagonistas, el director de la penitenciaría, Arturo VALDEZ MUENTE, se había negado a que el doctor cumpla con su faena, incluso rechazando la renuncia del galeno, requiriendo que se le notifique la orden del Ministerio de Guerra. La negativa persistió, lo que conllevó a ser citado a Palacio de Gobierno para una entrevista con el ministro de Justicia -no precisa quién fue – en la que no hubo acuerdo alguno, salvando el pescuezo de Seoane y Melgar.

Luego de este encontronazo, Seoane -todavía tras las rejas- recibió de parte de un empleado del Panóptico quien lo despertó para comunicarle la milagrosa noticia por parte de la variación de la pena de muerte por 25 años de cárcel:

¡Una noticia sensacional, apúrese en oírme, que tengo que ir a mi servicio!… ¡Por Uds. voy yo a perder mi puesto, y ni siquiera soy aprista!

Yo estoy malhumorado. Al ambiente denso que ha dejado la noche se mezcla el humo del cigarro.

-¡No se queje, y despache lo que quiere decirme!

-¡Que lo felicito! -responde bruscamente.- Lo han condenado a 25 años de Penitenciaría, lo mismo que a Melgar!

Mucho tiempo después del libro, trascendería en la revista aprista “Oiga” en su edición n.° 381 de 1970 que la conmutación de pena se debió a que el artículo 687 del Código de Justicia Militar del 20 de diciembre de 1898 requería para la imposición de la pena de muerte el voto unánime de los miembros de la Corte Marcial, lo cual no ocurrió y fue advertido por uno de sus miembros, el capitán Federico ROJAS ZEVALLOS. Posteriormente Seoane fue indultado en el primer gobierno de Prado en 1942.

Documento completo del libro Hombres y rejas de Juan Seoane, edición de la editorial Populibros peruanos del año 1964. Todos los derechos reservados a su autor, contenido publicado exclusivamente con fines académicos. Doscientas noventa y dos páginas

Autor

Compartir la nota en tus redes sociales:

Leave A Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

easyComment URL is not set. Please set it in Theme Options > Post Page > Post: Comments

Related Posts