
NO APAGUEN LA LUZ > INTERIOR L > (RE)CORTES DE JUSTICIA
La sede Basadre de la Corte Superior de Justicia de Lima, inaugurada entre bombos y platillos el año pasado, a la fecha sigue resultando muy atractiva para litigantes y abogados por su acondicionamiento y estacionamientos, aunque quizá para algunos, como a este humilde escriba, no le sea tan cercana la ubicación (antes estaba en Cercado de Lima, ahora en San Isidro). Lo que no han reparado lo usuarios es cuánto le cuesta al Poder Judicial estar en ese lujoso edificio, que en una anterior publicación inferimos que al no tener dicha institución una propiedad en San Isidro según SUNARP, quiere decir que el local es arrendado. Así las cosas, compartimos con Uds. el documento completo del contrato de arrendamiento de la sede Basadre que fuera suscrito el 8 de abril de 2022 por el presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Dr. José Wilfredo DÁIZ VALLEJOS y el gerente general de CONSTRUCTORA EL ROBLE S.A.C., Jovito Reynaldo SILVA VELARDE. El precio que se pactó fue de US$ 2’110,214.52 por 36 de arrendamiento, y el pago es de US$ 58,617.07 mensuales incluido IGV, a lo que hay que añadir el precio por el servicio de primer acondicionamiento que asciende a S/ 2’181,950.28. Otro detalle es que la Corte Superior de Justicia de Lima pagó por adelantado 424,269.11 soles por dicho servicio de acondicionamiento. Aparentemente es un contrato pulcro que no merece mayor crítica salvo por una omisión: no colocaron el área de los pisos por los cuales se está pactando ni el precio promedio del metro cuadrado para esa zona. Ahora, este contrato fue el resultado de una contratación directa que surge de una declaratoria de emergencia del área civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuesta mediante Resolución Administrativa N° 000114-2021-P-CE-PJ del 30 octubre de 2021. Donde además se dejó constancia que los órganos jurisdiccionales civiles, que para ese entonces se encontraban en la sede Javier Alzamora Valdez, se encontraban totalmente hacinados de expedientes, que inclusive impedían las vías de circulación de jueces, juezas y personal auxiliar. El punto clave está en el Informe N° 17-2022-VAP-CI-CSJLI/PJ (referido en el Oficio N° 000058-2022-CI-UAF-GAD-CSJLI-PJ del 14 de marzo de 2022): quien firmó este informe indicó que el inmueble propuesto para atender la necesidad de la CSJLI fue el inmueble propuesto ubicado Av. Jorge Basadre N° 157, Distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. En esta ocasión nos limitamos a alcanzar el contrato para los comentarios que merezcan.
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??Documento completo del contrato de arrendamiento
?Transcripción de las partes importantes:
SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES EN MATERIA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA (CSJLI), QUE INCLUYE EL SERVICIO DEL PRIMER ACONDICIONAMIENTO
Conste por el presente documento, que se extiende en dos ejemplares de igual valor y contenido, el contrato que celebran la UNIDAD EJECUTORA N° 003 – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA, con Registro Único de Contribuyente (RUC) N° 20546303951, con domicilio en la esquina de la avenida Nicolás de Piérola con avenida Abancay s/n, distrito de Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, debidamente representada por el señor JOSÉ WILREDO DÍAZ VALLEJOS, identificado con DNI N° 07761459, en su calidad de presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien suscribe en mérito a la facultad delegada que obra en el numeral 18 del artículo cuarto de la Resolución Administrativa N° 000546-2021-P-PJ del 31 de diciembre de 2021, modificada por Resolución Administrativa N° 36-2022-P-PJ del 20 de enero de 2022, a quien en lo sucesivo se denominará LA ENTIDAD y, de otra parte la empresa CONSTRUCTORA EL ROBLE S.A.C. con Registro Único de Contribuyente (RUC) N° 20514441163 debidamente representada por señor JOVITO REYNALDO SILVA VELARDE identificado con DNI N° 08955698, en su condición de gerente general, conforme a las facultades de representación que obran en el asiento C00018 de la partida electrónica N° 11948231 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX – sede Lima, a quien en lo sucesivo se le denominará LA CONTRATISTA ARRENDADORA, conforme a los términos y condiciones siguientes:
(…)
CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES
1.- La Presidencia del Poder Judicial por medio de la Resolución Administrativa N° 000117-2022-P-PJ del 24 de marzo de 2022 aprobó la sexta modificación del Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 003 – Corte Superior de Justicia de Lima, por consiguiente, incluyó la contratación del servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en materia civil de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLI), que también contempla el servicio del primer acondicionamiento.
2.- Mediante Resolución Administrativa N° 000101-2022-P-CSJLI-PJ del 24 de marzo de 2022 la Presidencia de LA ENTIDAD aprobó la contratación directa del «servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en materia civil de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLI), que incluye el servicio del primer acondicionamiento».
3.- El 25 de marzo de 2022 se convocó la Contratación Directa N° 003-2022-OEC-CSJLI/PJ denominada « servicio de arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en material civil de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLI), incluye el servicio del primer acondicionamiento», adjudicándose la buena pro en dicha fecha a LA CONTRATISTA ARRENDADORA.
4.- El 7 de abril de 2022 la Coordinación de Logística con Oficio N° 000824-2022-CL-UAF-CSJLI-PJ derivó a la Oficina de Asesoría Legal los documentos presentados por la empresa adjudicataria para la elaboración del contrato, quien a su vez mediante Informe N° 000085-2022-AL-CSJLI-PJ emitió opinión legal favorable para el perfeccionamiento de la contratación pública. Además, indició que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima ostenta la facultad para suscribir el contrato por las facultades delegadas mediante las Resoluciones Administrativas Nros. 546-2021-P-PJ y 36-2022-P-PJ.
5.- LA CONTRATISTA ARRENDADORA es titular del derecho de propiedad del bien inmueble ubicado en avenida Jorge Basadre Grohmann N° 157, Urbanización del Fundo San Isidro, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, ámbito territorial del distrito judicial de Lima (en adelante, EL INMUEBLE), según consta en las partidas:
SEGUNDO PISO
N° PARTIDA REGISTRAL OFICINA
1 13317644 201
2 13317645 202
3 13317646 203
TERCER PISO
4 13317647 301
5 13317648 302
6 13317649 303
7 13317650 304
CUARTO PISO
8 13317651 401
9 13317652 402
10 13317653 403
11 13317654 404
QUINTO PISO
12 13317655 501
13 13317656 502
14 13317657 503
15 13317669 504
SEXTO PISO
16 13317660 601
17 13317660 602
18 13317662 603
19 13317663 604
CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO
La presente contratación comprende dos prestaciones:
a)- El arrendamiento de un inmueble para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales en materia civil de la Corte Superior de Justicia de Lima.
b)- El primer acondicionamiento del inmueble objeto de arrendamiento.
CLÁUSULA CUARTA: FINALIDAD DEL CONTRATO
La finalidad pública es la reubicación de los órganos jurisdiccionales civiles en ambientes adecuados para la labor de los jueces y servidores, con miras a extender la oralidad a todos los órganos jurisdiccionales en materia civil, en el marco de lo dispuesto por la Presidencia de Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a través de la Resolución Administrativa N° 000114-2021-P-CE-PJ del 30 de octubre de 2021 que declaró en emergencia el área civil de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJLI). Con ello, se persigue la adecuada impartición de justicia civil en un local que cuente con las condiciones óptimas de trabajo y las garantías mínimas de habitabilidad, seguridad y comodidad, tanto para el público usuario como para el personal y los magistrados.
CLÁUSULA QUINTA: ALCANCE Y CARACTERÍSTICAS DE LAS PRESTACIONES
La prestación materia del presente deberá sujetarse a los términos de referencia contenidos en el requerimiento del Capítulo III de las bases administrativas y, a la oferta adjudicada (técnica y económica) que forman parte del presente documento.
CLÁUSULA SEXTA: MONTOS CONTRACTUALES
1. El monto contractual por el servicio de arrendamiento de EL INMUEBLE por el plazo de 36 meses asciende a US$ 2’110,214.52 (dos millones ciento diez mil doscientos catorce con 52/100 dólares americanos) a razón de US$ 58,617.07 (cincuenta y ocho mil seiscientos diecisiete con 07/100 dólares americanos) mensuales, incluido IGV.
Asimismo, dicho monto incluye los siguientes costos:
a) – Personal administrativo y operativo
–2 personas de limpieza para áreas comunes (lunes a viernes de 7:00 am. – 3:00 pm y sábados 7:00 am. – 1:00 pm).
-1 técnico de mantenimiento residente para áreas comunes (lunes a viernes de 8 am – 6 pm y sábados 9:00 am – 12:00 pm.)
-1 administrador (lunes a viernes de 8:00 am – 6:00 pm).
-1 prevencionista para los trabajos de riesgo
-1 persona seguridad en la recepción (lunes a viernes de 7:00 am. a 7:00 pm).
-1 persona de seguridad en puerta rampa vehicular (lunes a domingo las 24 horas).
-1 recepcionista en el hall principal (lunes a viernes 8:00 am – 6:00 pm).
-Costo de seguro multirriesgo – Mapfre
b) Mantenimiento de equipos del edificio de las áreas comunes:
ACTIVIDADES FRECUENCIA
Mantenimiento de extractores e inyectores – Semestral
Cambio de luminarias en áreas comunes – Mensual
Recarga de extintores en áreas comunes – Anual
Limpieza de fachada – Semestral
Mantenimiento de chiller – Trimestral
Mantenimiento de luces de emergencia en áreas comunes – Mensual
Mantenimiento de aire acondicionado en áreas comunes – Trimestral
Mantenimiento de bombas primarias y secundarias del chiller – Semestral
Mantenimiento de CCTV en áreas comunes – Semestral
Mantenimiento de CCTV de bomba contra incendio y jockey – Anual
Mantenimiento de ascensores – Mensual
Mantenimiento de puertas contra incendio – Anual
Mantenimiento de 2 bombas sumergibles pozo sumidero – Semestral
Mantenimiento de banco de medidores – Anual
Pintado de paredes áreas comunes – Bianual
Dispensador de agua en azotea – Mensual
Mantenimiento de áreas verdes – Mensual
Mantenimiento preventivo de puerta enrollable – Semestral
Mantenimiento de pozos tierras – Anual
Mantenimiento de ducto barra – Anual
Mantenimiento tableros eléctricos de SSGG – Anual
Mantenimiento de Sub Estación – Semestral
Mantenimiento de Grupo Electrógeno – Semestral
Fumigación y desinfección de áreas comunes – Semestral
Mantenimiento de sistema de ingreso – Semestral
Limpieza y desinfección de cisterna de agua – Semestral
Limpieza y desinfección de pozo séptico – Semestral
Limpieza y desinfección de cisterna de agua contra incendio – Semestral
Mantenimiento de tres bombas centrífugas – Semestral
Mantenimiento de detectores de humo áreas comunes – Anual
c) Incluye 30 estacionamientos. Los arbitrios de los referidos estacionamientos se pagarán según el porcentaje de uso
d) Incluye el uso de comedor en el área común ubicado en el octavo piso
La merced conductiva no comprende el consumo de agua potable y energía eléctrica por las áreas arrendadas, los cuales serán facturadas por LA CONTRATISTA ARRENDADORA según detalle enviado con el consumo de cada oficina. El pago de estos servicios será a partir del inicio del servicio de arrendamiento.
Servicio de agua potable:
El edificio cuenta con un controlador general que surte a todo el edificio. El consumo se determina de manera mensual.
(…)
Servicio de energía eléctrica
El edificio cuenta con un medidor general que surte a todo el edificio. El consumo del suministro de luz del inmueble es medido por un medidor digital independiente de cada piso, mensualmente.
Arbitrios
(…)
2. El monto del contrato por el servicio de primer acondicionamiento de EL INMUEBLE asciende a S/ 2’181,950.28 (dos millones ciento ochenta y un mil novecientos cincuenta con 28/100 soles), incluido el IGV.
Ambas sumas comprenden el costo de los servicios (arrendamientos y primer acondicionamiento), todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de los servicios material del presente contrato.
(…)
CLÁUSULA OCTAVA: DE LOS PAGOS
A.- DEL SERVICIO DE ARRENDAMIENTO DEL INMUEBLE
1.- PAGOS ADELANTADOS
Dentro del plazo de ocho días calendario, contados desde el día siguiente de la suscripción del contrato, y a solicitud de LA CONTRATISTA ARRENDADORA, la entidad entregará pagos adelantados de 6 meses de renta mensual, equivalente a $ 351,702.42 dólares americanos.
2.- FORMA DE PAGO
LA ENTIDAD realizará el pago de la merced conductiva pactada a favor de LA CONTRATISTA ARRENDADORA de forma mensual (luego de vencido el periodo mensual) y al tipo de cambio del dólar del día en soles. De haberse abonado los pagos adelantados, la merced conductiva se realizará a partir del séptimo mes de ejecución del servicio de arrendamiento.
Para efectos del pago LA ENTIDAD debe contar con la siguiente documentación:
a) – La conformidad del administrador de la sede.
b)- El comprobante de pago.
c)- El documento que acredite el cumplimiento de sus obligaciones garantizadas por la hipoteca y futuras cargas que afecten el inmueble.
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza mayor, LA CONTRATISTA ARRENDADORA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 171 del RLCE, los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.
(…)
??RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000101-2022-P-CSJLI-PJ del 24 de marzo de 2022
?Fotografías de la sede Basadre:




?️Firma la presente nota:
Dylan LÓPEZ ENCARNACIÓN
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