NO APAGUEN LA LUZ > INTERIOR L > (RE)CORTES DE JUSTICIA
El día de hoy nos ha llegado una resolución administrativa de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima que da por concluida la designación de varios jueces provisionales y supernumerarios de los distintos juzgados, entre civiles, comerciales, penales, de paz letrado, etc. de este distrito judicial. La presidenta de esta corte, la jueza superior María Delfina Vidal LA ROSA SÁNCHEZ, para su resolución ha tomado en cuenta un monitoreo en el cual se ha extraído del Sistema Integrado Judicial -SIJ- los reportes estadísticos de producción, expedientes pendientes de sentenciar, demandas pendientes de calificar, así como el reporte de escritos pendientes de los Juzgados de Lima. Nos gustaría mucho conocer el informe para tener las cifras exactas no solo de los supernumerarios o provisionales, sino también los jueces titulares, estamos seguros que muchos saltarían hasta el techo si exponemos las cifras que muy probable sean de terror. Por último, más allá de si hay jueces supernumerarios o provisionales que debieron seguir en su cargo, lo rescatable de esta resolución es el párrafo donde señala que “si bien corresponde al secretario y/o especialista legal el deber funcional de dar cuenta de los escritos, conforme al artículo 266° numeral 5) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se debe tener en consideración también que el artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Civil establece que el Juez es el director del proceso y tiene el deber de impulsar el proceso por sí mismo”, con esto la OCMA y ODECMAS ya no tienen excusa para librar de responsabilidad a los jueces por demoras injustificadas o por impedir el acceso a audiencias virtuales bajo la coartada de que el especialista legal es el único responsable, como pasó con el juez Luis Orlando TIRADO SEVILLANO quien en un primer momento fue librado, luego declararon nula la resolución, por el juez superior Carlos Alfredo ESCOBAR ANTEZANO (encargado en ese momento de ODECMA-LIMA) quien alegaba que solo el especialista tenía responsabilidad (ver resolución). No al espíritu de cuerpo (complicidad).
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??Documento completo de la RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000121-2023-P-CSJLI-PJ del 2 de marzo del 2023
?Transcripción de las partes importantes:
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la unidad, la paz y el desarrollo”
Lima, 02 de marzo de 2023
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° -2023-P-CSJLI-PJ
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero del 2023, y;
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ se aprobó el Registro de Jueces Supernumerarios remitido por la Junta Nacional de Justicia, Asimismo, en el artículo segundo de la citada resolución administrativa, dispuso remitir el Registro de Jueces Supernumerarios a los Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia, para que determinen la oportunidad en que los Jueces Supernumerarios asumirán funciones jurisdiccionales conforme a ley.
El artículo 65º, numerales 65.3 y 65.4, de la Ley de la Carrera Judicial – Ley Nº 29277, preceptúa que los Jueces Supernumerarios son aquellos que no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan reincorporarse al Registro de Jueces Supernumerarios en su nivel, siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura (actualmente Junta Nacional de Justicia), a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo 239º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial nombra Jueces Supernumerarios Superiores y Especializados, de la lista de aptos elaborada por el Consejo Nacional de la Magistratura (actualmente Junta Nacional de Justicia), en estricto orden de méritos; y en número no mayor al treinta por ciento (30%) de los titulares, para cubrir las vacantes que se produzcan. Sólo asumen funciones cuando no haya reemplazantes hábiles conforme a ley, previa designación de la Presidencia. Los Consejos Ejecutivos Distritales o las Cortes Superiores en su caso, reglamentan la aplicación del referido artículo.
La Presidencia de la Junta Nacional de Justicia remitió al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Registro de Jueces Supernumerarios en el marco de la Convocatoria Nº 009- 2021-SN/JNJ, para cubrir plazas vacantes de jueces y juezas a nivel nacional; motivo por el cual, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 239º de la referida ley orgánica, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el citado registro mediante la Resolución Administrativa N° 000081-2023-CE-PJ de fecha 10 de febrero de 2023.
La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima tiene como atribuciones y obligaciones – entre otras- la de “representar al Poder Judicial en su respectivo Distrito Judicial” y “Cautelar la pronta administración de justicia, así como el cumplimiento de las obligaciones de los Magistrados del Distrito Judicial”, conforme a lo establecido en el artículo 90° incisos 1 y 4 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
En cumplimiento de dichas obligaciones, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de Lima realiza una permanente evaluación y monitoreo del desempeño funcional e idoneidad de los Jueces Provisionales y Supernumerarios a fin de garantizar que las designaciones efectuadas cumplan su finalidad de coadyuvar eficazmente en el correcto ejercicio de las funciones jurisdiccionales y en el oportuno servicio de administración de justicia.
Asimismo, uno de los ejes de acción de la presente gestión es mejorar la calidad del servicio judicial, la eficiencia en la descarga procesal y mayor celeridad de la administración de justicia en beneficio de la ciudadanía.
Como parte del monitoreo realizado, se ha extraído del Sistema Integrado Judicial -SIJ- los reportes estadísticos de producción, expedientes pendientes de sentenciar, demandas pendientes de calificar, así como el reporte de escritos pendientes de los Juzgados de Lima. Al respecto, cabe señalar que la ley le otorga al Juez las máximas atribuciones para dirigir el proceso judicial, impulsarlo, velar por su rápida solución adoptando las medidas que sean necesarias para evitar su paralización, bajo responsabilidad, ello con el objetivo de que el proceso pueda cumplir su finalidad, conforme lo establece el artículo 50º inciso 1) del citado Código Procesal Civil que señala lo siguiente: “Son deberes de los Jueces en el proceso: 1. Dirigir el proceso, velar por su rápida solución, adoptar las medidas convenientes para impedir su paralización y procurar la economía procesal”.
Asimismo, en cuanto a la elevada cantidad de escritos sin atender, cabe mencionar que si bien corresponde al secretario y/o especialista legal el deber funcional de dar cuenta de los escritos, conforme al artículo 266° numeral 5) de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se debe tener en consideración también que el artículo II del Título Preliminar del Código Procesal Civil establece que el Juez es el director del proceso y tiene el deber de impulsar el proceso por sí mismo: “La dirección del proceso está a cargo del Juez, quien la ejerce de acuerdo a lo dispuesto en este Código. El Juez debe impulsar el proceso por sí mismo, siendo responsable de cualquier demora ocasionada por su negligencia (…)”. Por tanto, los jueces y juezas deben procurar que los escritos presentados en los procesos judiciales a su cargo sean atendidos en plazos oportunos y razonables, a fin de garantizar el debido proceso y el correcto servicio de impartición de justicia.
A través de la Resolución Administrativa N° 000123-2022-P-CSJL-PJ se aprobó el comunicado N° 020-2022-CDSJS-CSJLI-PJ, elevado a esta Presidencia por la Comisión Distrital de Selección de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Justicia de Lima, el cual contiene la nómina de postulantes aptos que obtuvieron nota final aprobatoria en el proceso de selección llevado a cabo en mérito a la convocatoria N° 001-2022-CDSJS-CSJLI-PJ; disponiéndose la incorporación de la citada nómina en el Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de la Corte Superior de Lima, en calidad de abogados aptos para ser designados jueces supernumerarios. Asimismo, por Resolución Administrativa N° 000179-2022-P-CSJLI-PJ se aprobó la nómina ampliatoria de postulantes aptos que obtuvieron nota final aprobatoria en el proceso de selección llevado a cabo en mérito a la convocatoria Nº 001-2022-CDSJS-CSJLI-PJ.
De otro lado, a través de la Resolución Administrativa N° 000458-2022-PJ de fecha 23 de diciembre del 2022, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso -entre otros- que las Comisiones Distritales de Selección de Jueces Supernumerarios de las Cortes Superiores de Justicia del País, como medida excepcional y en tanto se convoquen o concluya el concurso respectivo, deberán presentar a la Presidencia una terna del Registro Distrital de Jueces Supernumerarios de otras Cortes Superiores de Justicia para la designación correspondiente. En su defecto, se delega a la Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, hasta el 31 de marzo de 2023, la facultad para designar a trabajadores de su Distrito Judicial como Juez Supernumerario, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad, y sean los más idóneos.
Por los considerandos expuestos y teniendo en consideración que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional, por lo que en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero: DAR POR CONCLUIDAS las siguientes designaciones a partir del 3 de marzo del 2023:
– De la Magistrada SHEILA ETHEL ARENAS SOTO, como Jueza Provisional del Cuarto Juzgado Comercial de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
–Del abogado HENRY LUIS LOZA ZAMUDIO, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, debiendo retornar a su plaza de origen
– Del abogado ABEL LUIS NAVARRO ESPINOZA, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Civil de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen
– Del abogado JULIO DANIEL GARCIA GUERRERO, como Juez Supernumerario del Décimo Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
– De la abogada JUDY MARLENY CRIOLLO ARCE, como Jueza Supernumeraria del Juzgado Penal Liquidador La Victoria y San Luis, debiendo retornar a su plaza de origen
– Del abogado GEAN CARLO DAVE AQUINO ORIHUELA, como Juez Supernumerario del Vigésimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
+ – Del abogado ALEX NELSON VILLANUEVA CABEZAS, como Juez Supernumerario del Trigésimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
+ – De la abogada JENNI ESTHER VALLE LLAJA, como Jueza Supernumeraria del Décimo Setimo Juzgado Penal Liquidador de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
– De la abogada EDITH MAGDALENA HUAYNATE MONTES, como Jueza Supernumeraria del Décimo Primer Juzgado Penal Liquidador de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
– De la abogada FLOR CAROLINA PAICO VALQUI, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Surco, debiendo retornar a su plaza de origen.
– Del abogado JUAN JOSE RIOS VERGARA, como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado Civil Transitorio de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
– Del abogado SANTOS ATANACIO PALACIOS LLOCLLA, como Juez Supernumerario del Décimo Sexto Juzgado Civil de Lima, debiendo retornar a su plaza de origen.
– De la abogada ISABEL DIANA AGUILAR PELAEZ, como Jueza Supernumeraria del Sexto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, debiendo retornar a su plaza de origen.
– De la abogada ZENAIDA SOTO GALARZA, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Transito y Seguridad Vial, debiendo retornar a su plaza de origen.
– Del abogado JOSE EDGAR ELIAS AGUILAR, como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis, debiendo retornar a su plaza de origen.
– De la abogada NELLY JANET CARHUACHIN SICCHA, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Miguel, debiendo retornar a su plaza de origen.
– Del abogado LUIS FERNANDO CHOQUE CASTILLO, como Juez Supernumerario del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores, debiendo retornar a su plaza de origen. + – De la abogada ROSA MARGARITA CHACON MALPARTIDA, como Jueza Supernumeraria del Setimo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, debiendo retornar a su plaza de origen
Artículo Segundo: REASIGNAR a partir del 3 de marzo del 2023:
– A la Abogada FIORELLA JULIA VASQUEZ REBAZA como Jueza Supernumeraria del Decimo Primer Juzgado Civil de Lima.
– A la Abogada GISELA HAYDEE OCAÑA CHALCO como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado Constitucional de Lima, por la promoción del magistrado Suarez Burgos.
– Al Abogado HECTOR MIGUEL DELGADO OLIVARI como Juez Supernumerario del Décimo Sexto Juzgado Civil de Lima.
– A la Abogada ANA DEL ROSARIO OSOSRIO SOSA, como Jueza Supernumeraria Setimo Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja.
– Al Abogado OSCAR NIKOLAI TORRES MEGO como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado Penal Liquidador de Lima.
– Al Abogado MARIO GUERRA BONIFACIO como Juez Supernumerario del Decimo Primer Juzgado Penal Liquidador de Lima.
– A la Magistrada XUANY KARIM REATEGUI MEZA, como Jueza Provisional del Decimo Quinto Juzgado Civil de Lima.
– A la Magistrada MARITZA JAVIER RIMAY, como Jueza Provisional del Octavo Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, por la promoción de la magistrada Sánchez Sánchez.
Artículo Tercero: DESIGNAR en los siguientes órganos jurisdiccionales a partir del 3 de marzo del 2023: + – a la abogada DIANA ANGELA PASCUAL SERNA, como Jueza Supernumeraria del Segundo Juzgado Civil de Lima.
– al abogado MANUEL JESUS YPANAQUE VILLANUEVA, como Juez Supernumerario del Noveno Juzgado Civil Transitorio de Lima.
– al abogado CESAR MORALES BARRETO, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Civil Transitorio de Lima.
– al abogado JOSE GREGORIO CAMARGO CABEZAS, como Juez Supernumerario del Octavo Juzgado Civil Transitorio de Lima.
– al abogado RENATO PAUL COBOS QUENAYA, como Juez Supernumerario del Setimo Juzgado Civil Transitorio de Lima.
– al abogado RONY BEQUEREL MENDEZ SOTO, como Juez Supernumerario del Décimo Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Lima.
– a la abogada ROSARIO MILUSKA FELIX MUÑOZ, como Jueza Supernumeraria del Juzgado Penal Liquidador La Victoria y San Luis.
– a la abogada SUSANA IVONNE SINCHITULLO ROSALES, como Jueza Supernumeraria del Noveno Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, por la promoción del magistrado Portella Valverde.
– a la abogada GEOVANA REQUENA RAMOS, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Surco. + – al abogado ALFONSO JESUS QUINTEROS HUAMANI, como Juez Supernumerario del Vigésimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de Lima.
– al abogado VICTOR RAUL TRINIDAD HUAÑEC, como Juez Supernumerario del Trigésimo Primer Juzgado Penal Liquidador de Lima. + – al abogado TAYRO MIGUEL GRADOS MARQUEZ, como Juez Supernumerario del Trigésimo Noveno Juzgado Penal Liquidador de Lima
– a la abogada MAGNOLIA GIANINNA MARTINEZ HIDALGO, como Jueza Supernumeraria del Décimo Setimo Juzgado Penal Liquidador de Lima. + – a la abogada ROSA GRIMALDA SIHUINCHA CHOCCE, como Jueza Supernumeraria del Cuarto Juzgado Comercial de Lima.
– al abogado MARCO ANTONIO LEONARDO SILVA SANTISTEBAN VALDIVIA, como Juez Supernumerario del Sexto Juzgado de Paz letrado de Surco y San Borja.
– a la abogada JACKELINE YRMA CARDENAS GARCIA, como Jueza Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Transito y Seguridad Vial – a la abogada SABINA STEPHANIE ESPINOZA SANTOS, como Jueza Supernumeraria del Quinto Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis. – al abogado CARLOS ANTONIO POLO LOPEZ, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de San Miguel.
-a la abogada SANDRA ALLYSON DAVILA IRIGOYEN, como Jueza Supernumeraria del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores. + Artículo Cuarto: PRECISAR que el nombre correcto del primer órgano jurisdiccional reconformado a través de la Resolución Administrativa N° 000115-2023-P-CSJLI/PJ es la Quinta Sala Contenciosa Administrativa con Subespecialidad en Temas de Mercado y no la Quinta Sala Contenciosa Administrativa Sala Penal Liquidadora.
Artículo Quinto: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Coordinación de Recursos Humanos, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital y de los Magistrados para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
Documento firmado digitalmente
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MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ
Presidente de la CSJLima Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima
MVL/lfz
?️Firma la presente nota:
Dylan LÓPEZ ENCARNACIÓN
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