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Caso Collique

¿Por qué dejó de funcionar el Aeródromo de Collique?

La razón por la cual el Aeródromo de Collique dejó de funcionar fue por una usurpación agravada acontecida un lunes 17 de mayo del 2010 en horas de la mañana y cuya historia judicial de larga duración se encuentra principalmente escrita en el Exp. n.° 05888-2011-0-0901-JR-PE-02, que sucumbió ante la impunidad en su forma de excepción de cosa juzgada favorable al sindicado como cabecilla del crimen y después con una prescripción de oficio para la menudencia de imputados.

Los verdugos de Collique fungiendo de trabajadores de DHMont y por orden de su gerente general Ricardo MONT LING, arribaron en manada y con bates, fierros y piedras, guiados por el pseudosindicalista y terrorista del MRTA Augusto Antonio RAMOS DOLMOS alias “Cholo Dolmos”, a las afueras del acceso oficial al Aeródromo de Collique en la urbanización El Álamo en Comas, mientras que por el lado de la urbanización El Retablo ingresaron dos camiones volquetes, luego de un fallido intento de ingreso ese mismo día de una camioneta de dicha empresa, que fue expulsada por los vecinos que venían resguardando el aeródromo apenas con banderas del Perú.

Una vez aglutinados, de un piedrazo le rompieron la cabeza a uno de los vecinos defensores -José SANTOS MORA- y lograron desagrupar a los vecinos, iniciando la construcción de sendos muros de ladrillo en los dos accesos a los costados de la garita de prevención, ante la inacción de los desarmados soldados de la Fuerza Aérea del Perú (FAP). Un paréntesis a ello es que el entonces capitán FAP Manfred Wilmar RONDON LLAZA contaba con un revólver cargado, pero no lo empleó.

Esta clausura a punta de golpes y ladrillos, perpetrada de forma completamente clandestina, contó además con el sórdido respaldo de una patrulla de la División Policial Especializada de Protección de Obras Civiles (DIPROC) a la cabeza del comandante PNP Lizandro Melchor QUIROGA LA TORRE. Quienes, en lugar de fungir de guardaespaldas de usurpadores, estaban en la obligación de ejecutar las garantías posesorias otorgadas por la Gobernación de Comas en el 2009 a favor del piloto civil y propietario de aviones, Carlos Alberto PRADO FLORES, y defender su legítima posesión sobre la mitad del Aeródromo -que incluía la pista de aterrizaje, la calle de rodaje y la torre de control- o lo que los depredadores de Collique lotizaron como “INMUEBLE B”.

De hecho, Ricardo MONT LING cuando firmó el infame contrato de compraventa con el cual se arrebató la propiedad del aeródromo a la FAP, reconoce que ese INMUEBLE B se encontraba “parcialmente ocupado (sic.)” -no especifican quiénes son los ocupantes- y que la empresa de marras tiene pleno conocimiento y que se obliga bajo su responsabilidad a proceder con la desocupación efectiva.

Mont y sus abogados han sostenido que únicamente la FAP tenía la posesión de dicho inmueble, a la cual dizque accedieron el 11 de mayo del 2010 y que no conocían de la posesión del Sr. Prado Flores y tampoco del piloto civil César ATALA VIVANCO que, si bien no contaba con garantías posesorias, estaba pendiente un proceso civil de desalojo contra él iniciado por el Fondo MIVIVIENDA S.A. para retirarlo legalmente de Collique -a Prado nunca le iniciaron un proceso de desalojo-.

Pero el CEO de DHMont jamás acreditó a lo largo del proceso penal contar con la autorización expresa, verbal o escrita, del comandante general de la FAP para colocar de forma hamponesca dichos muros de ladrillo. Con la agravante que el famoso “INMUEBLE B” era una base militar -la Base FAP Collique- que se encontraba legalmente vigente y la cual el comandante general Carlos Eduardo SAMAMÉ QUIÑONES permitió su toma delictiva a mano de los denunciados por usurpación, en lugar de defenderla. Lo que termina por hundir a Mont.

Tanto el Ministerio Público como la Corte Superior de Justicia -ambos de Lima Norte- ofrecieron lo peor de sus magistrados para esta trama criminal, desde los fiscales provinciales penales Martín Jorge PINZAS COSTA, Luis Alberto PELÁEZ ARRIOLA, Deyce Maribel DÁVILA LAGUNA y Aydé ORTÍZ DÍAZ con su palmaria vocación por el sobreseimiento, el “no ha lugar” a enjuiciar a los responsables.

Y los jueces de primera instancia Nolberto Felipe RAMÍREZ MAGUIÑA, Charles TALAVERA ELGUERA, Abel PULIDO ALVARADO y Enrique Aurelio PARDO DEL VALLE se sumaron al elenco de la impunidad al aceptar el blindaje propuesto por los fiscales, amén de sustentarse en una paupérrima investigación penal. Así murió la vida aeronáutica en Collique.

(Nota: Estimado amigo lector, la sinopsis de la nota culmina aquí. Lo que sigue es la transcripción parcial del documento principal que sustenta esta publicación y que es propiamente la fuente periodística. No es indispensable su lectura, sino que se añade para facilitar la búsqueda por palabras y para fines académicos y/o periodísticos)

Documento completo del Cargo de Ingreso de Escrito 133345-2011 con fecha de ingreso 26/09/2011 a las 17:56:23 Hrs. ante la Corte Superior de Justicia de Lima Norte en el cual el fiscal provincial penal Martín Jorge PINZAS COSTA formuló apelación contra la resolución del juez Nolberto Felipe RAMÍREZ MAGUIÑA que decidió de un porrazo no procesar a los denunciados por usurpación agravada. Tres páginas

Cargo de Ingreso de Escrito… by No Apaguen La Luz

Transcripción de las partes importantes:

MINISTERIO PÚBLICO
Octava Fiscalía Provincial Penal
Distrito Judicial de Lima Norte

Segundo Juzgado Especializado Penal de Lima Norte
Expediente N°: 05888-2011-0-0901-JR-PE-02
SIATF N°: 303-10
SUMILLA: APELACIÓN DE AUTO DE NO HA LUGAR A ABRIR INSTRUCCIÓN

Que, este Despacho los hechos cometidos por Jorge Giancarlo Arenas Ramos y otros por considerar que estos despojaron de la posesión al denunciante Prado Flores pues procedieron a ingresar al interior de los ambientes donde funcionaba el Aeródromo de Collique cuya extensión es de 32 has. tomando posesión de la totalidad del inmueble a mérito de la compraventa suscrita con el Estado Peruano para dar inicio así, a las obras de edificación de conjuntos habitacionales; siendo que dicho denunciante solicitó una constatación policial a fin de verificar la presencia de los denunciados luego de lo cual se les conminó a retirarse del predio a mérito de la Resolución de la Gobernación de Comas…

Documento completo de la denuncia policial formulada por el Sr. Carlos Alberto PRADO FLORES en la comisaría PNP Santa Luzmila del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima el 17 de mayo del 2010 a las 15:40 Hrs. sobre los matones del Consorcio DHMont & CG & M S.A.C. y la construcción hamponesca de muros con los que se mató la vida aeronáutica del Aeródromo de Collique.

Transcripción de las partes importantes:

17 MAY 10. 528.-
Transcribe

Doy cuenta a Ud. que por orden superior comisionado para constituirse a la entrada del Aeroclub Collique en prevención de afectación del orden público toda vez que la empresa corporación DHMONT & CG & M S.A.C. iba empezar la construcción de un muro en la entrada del AEROCLUB COLLIQUE. El suscrito a constituirse al lugar se constató la presencia de personal policial de la DIPROC (DIVISIÓN DE OBRAS CIVILES) al mando de comandante PNP QUIROGA LA TORRE y 10 SO PNP más un móvil quienes se amontonaron resguardando la entrada del Aero Club. Asimismo un aprox. de 80 personas de construcción civil acompañando el sr. Oswaldo Elí CALDERÓN LING (46), Lima, casado, administrador, D.N.I. n.° 10526534, domiciliado en av. Angamos Este # 1648, oficina 405, Surquillo, quien dijo (ser) administrador del Consorcio DHMont & CG & M S.A.C., manifestando que a las 09:00 Hrs. de compañía de trabajadores de la empresa y personal de seguridad, han iniciado la construcción de dos muros de concreto para unir el estrado del Aero Club Collique y evitar cualquier problema con los vecinos afectados como su propiedad a su vez se constató la presencia de 20 personas quienes forman parte del Frente Único Nacional de los Pueblos del Perú, ACEAVoLi y el Frente de Defensa de Collique y la Reserva Aérea (FREDECORA), representada por el Sr. Nerio SÁNCHEZ QUIROZ (63), Cajamarca, casado, retirado de la PNP, D.N.I. n.° 4402007e domiciliado en Jr. Huáscar n.° 160 – 12 Comas, quien manifiesta que se encontraba en el lugar para evitar la venta ilegal del terreno del AERO CLUB – COLLIQUE no dando otro información;  según el representante de DHMONT que personal de la FAP hizo entrega del local, para iniciar la construcción en el lugar, se dejó constancia que estas 20 personas permanecían en el lugar vociferando en contra de la empresa constructora cruzando palabras. Lo que doy cuenta Ud. Comas 17 MAY 2010. SOB. PPNP. FLORES

Documento completo de la constatación policial solicitada por el Sr. Carlos Alberto PRADO FLORES en la comisaría PNP Santa Luzmila del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima el 17 de mayo del 2010 a las 15:40 Hrs. sobre los muros de ladrillo culminados en la fecha de la usurpación agravada a manos de la gente del Consorcio DHMont & CG & M S.A.C.

Transcripción de las partes importantes:

LA ENCARGADA DE LA SECCIÓN DE COPIAS CERTIFICADAS DE LA COMISARÍA PNP SANTA LUZMILA – COMAS.
QUE SUSCRIBE:
CERTIFICA QUE EN EL LIBRO DE REGISTRO DE DENUNCIAS QUE SE LLEVA EN ESTA DEPENDENCIA POLICIAL, EXISTE UNA SIGNADA CON EL N° 186 CUYO TENOR LITERAL ES COMO SIGUE:

17 MAY 10. 15.40. 186. Transcribe parte s/n VII. DIRTEPOL – DIVTER [DIRTEPOL: Dirección Territorial de la Policía Nacional del Perú; DIVTER: División Territorial]

Asunto: Por esclarecimiento de usurpación agravada fecha 17 MAY 2010 HORA 15:30

El SOT1 PNP Luis BORJAS M. da cuenta que en la hora y fecha anotada, se presentó a esta dependencia policial la persona de PRADO FLORES Carlos Alberto (51), Lima, divorciado, superior, aviador civil, con D.N.I. n.° 07850757, domicilio Av. Francisco Tudela y Varela n.° 264, departamento E, San Isidro, manifestando que el día de la fecha a horas 13:30 llegó al Aeródromo Collique con la finalidad de ingresar a su terreno de 320,934.54 m2, percatándose que había sido flanqueado por una pared de ladrillo, impidiendo el ingreso a su terreno no obstante de tener garantías posesorias de acuerdo a la Resolución n.° 393-09-GC-DDGGI-IN./LIMA de fecha 08DIC09. Asimismo, señala que la usurpación había sido cometida por trabajadores de la empresa Consorcio DHMONT & CG & M S.A.C., lo que denuncia a la PNP para los fines del caso.

El video de la usurpación del Aeródromo de Collique de fecha lunes 17 de mayo de 2010 en horas de la mañana -grabado por la vecina Lorena Beatriz UREÑA DE GUIBERT- en el cual se puede apreciar a los vándalos toman por asalto el acceso derecho del Aeródromo de Collique para iniciar con la construcción de los muros. Duración: 6:10 minutos. Enlace de “Youtube” (https://youtu.be/jrXzchbSOK4)

Archivo matriz “PXZ” de la imagen NO APAGUEN LA LUZ de la presente nota: enlace de Google Drive.

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